Si tienes 52 años o más, has agotado tu paro y puedes acreditar que tus rentas son inferiores al 75% del salario mínimo interprofesional puedes solicitar el subsidio para mayores de 52 años, que consiste en una ayuda de 470 euros mensuales que puedes mantener hasta la edad de tu jubilación.
Anteriormente, en su lugar existía un subsidio para mayores de 55 años, que en 2019 fue sustituido por el nuevo subsidio para mayores de 52 años.
¿Qué es el subsidio para mayores de 52 años?
Básicamente, es el mismo subsidio pero ahora lo pueden solicitar aquellas personas con 52 años o más, en lugar de 55, que hayan agotado su prestación contributiva o el subsidio por desempleo, y que tengan al menos 6 años cotizados en la seguridad social.
Si cumples los requisitos para acogerte al subsidio para mayores de 52 años podrás tener esta ayuda hasta que alcances la edad de tu jubilación.
Además, otra de las reformas con respecto al anterior subsidio (el de 55 años) es que los trabajadores autónomos también podrán solicitar esta ayuda siempre que cumplan con los requisitos.
En cuanto a las mejoras del subsidio para mayores de 52 años con respecto de su predecesor para mayores de 55 años podemos destacar:
- Se incrementa la base mínima de cotización del 100% al 125%.
- Se ha eliminado la parcialidad en el subsidio, es decir, todo el mundo cobrará el 100% de los 470 euros independientemente de si trabajaban a tiempo parcial.
- Se incrementa la edad total cubierta por el subsidio hasta la edad legal de jubilación.
Este nuevo subsidio para mayores de 52 años, en situación de desempleo de larga duración entró en vigor el día 13 de marzo de 2019, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el subsidio para mayores de 52 años?
Para poder beneficiarte de la ayuda del subsidio para mayores de 52 años debes reunir los siguientes requisitos mínimos obligatorios:
- Tener al menos 52 años en el momento que solicitas el subsidio.
- Tienes que haber consumido todo tu paro o el subsidio por desempleo.
- Debes estar dado de alta como demandante de empleo, o lo que es lo mismo, estar apuntado en el paro, durante al menos un mes desde que se terminara la última prestación que hubieses recibido.
- No debes haber rechazado ninguna posible oferta de empleo o formación ofrecidas por el SEPE.
- Tener las cotizaciones requeridas para cobrar la pensión por jubilación, que son 15 años de los cuáles al menos 2 deben haber sido en los últimos 15 años.
- Debes tener al menos 6 años de cotización por desempleo en el régimen general.
- No puedes tener ingresos o rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.
- Debes comprometerte a una búsqueda activa de empleo, aceptando las ofertas laborales o de cursos de formación ofrecidos por el SEPE.
- Si has tenido alguna interrupción en tu alta como demandante de empleo tiene que haber sido inferior a 3 meses. No cuenta como interrupción los periodos en que hayas estado trabajando, por cuenta propia o ajena.
Ten en cuenta que si dejaste tú tu anterior empleo, es decir baja voluntaria, no tendrás derecho a este subsidio.
¿Qué documentación tengo que presentar para solicitar el subsidio?
Para solicitar el subsidio para mayores de 52 años debes presentar tu solicitud en la oficina del SEPE, para lo que tendrás que pedir cita previa o realizar el trámite a través de la sede electrónica del SEPE.
La documentación que debes aportar es la siguiente:
- Impreso de solicitud de subsidios seleccionando la opción «Mayores de 52 años».
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o, si eres extranjero, NIE y pasaporte.
- Documento bancario con el número de cuenta donde quieres recibir los pagos, que acredite que eres el titular de la cuenta bancaria.
- Libro de familia en caso de que sea necesario. Si eres extranjero tienes que presentar un documento equivalente.
- Para mantener el subsidio debes acreditar cada 12 meses que tus rentas son inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, mediante la Declaración de la Renta.
¿Cuánto vas a cobrar y durante cuánto tiempo?
El subsidio para mayores de 52 años consiste en una ayuda de 470 euros, equivalente al 80% del IPREM, que cobrarás hasta la edad de jubilación como máximo, siempre que mantengas el cumplimiento de los requisitos y no estés trabajando.
Como todos los subsidios por desempleo, el pago se realizará a la cuenta bancaria que hayas indicado entre el día 10 y el día 15 de cada mes.
Información adicional sobre el subsidio para mayores de 52 años
A continuación te dejamos alguna información adicional sobre el nuevo subsidio para mayores de 52 años.
- Puedes saber si te han concedido el subsidio para mayores de 52 años a través de la Sede Electrónica del SEPE. En caso de que te lo hayan denegado puedes recurrir la resolución por vía administrativa.
- L@s emplead@s del hogar no están incluidos en este subsidio. Así que si has cotizado más de 15 años como emplead@ del hogar no podrás solicitar el subsidio para mayores de 52 años.
- Si estás cobrando la RAI, puedes solicitar este subsidio. Una vez que el SEPE te lo haya concedido automáticamente dejarás de cobrar la RAI y quedarás acogido al subsidio para mayores de 52 años. Tienes que solicitar cita previa INEM – SEPE para realizar el trámite personalmente. No puede realizarse a través de Internet.