24 Abr 2020

Prestación por desempleo 2020

Prestación por desempleo 2020
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La prestación por desempleo o prestación contributiva, más conocida como “el paro”, es la cantidad que recibirás si estás desempleado debido a la pérdida de tu empleo de manera involuntaria. Esta dependerá de las bases de las cotizaciones realizadas durante el tiempo que has estado trabajando.

Esta prestación consiste en una ayuda económica para aquellos trabajadores que han perdido involuntariamente su empleo, tienen al menos 360 días cotizados sin consumir, es decir, tienen al menos un año de paro cotizado.

¿Qué es la prestación por desempleo o prestación contributiva?

Se trata de una prestación denominada “contributiva” porque la cantidad a cobrar y el tiempo durante el que será cobrada dependen de las cotizaciones por desempleo que el trabajador tenga acumuladas. Cuanto mayor sea contribución mayor será la prestación recibida.

No debe confundirse con los subsidios por desempleo, destinadas a quienes carecen de rentas, y por tanto no contributivos. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE o antiguo INEM) es el organismo que se encarga de pagar tanto la prestación por desempleo como los subsidios por desempleo.

Requisitos para solicitar el paro

El requisito principal y por tanto fundamental para recibir la prestación contibutiva es estar en situación legal de desempleo, situación en la que hayas terminado tu relación laboral cumpliendo alguno de estos supuestos:

  • Que te hayan despedido de forma procendente o improcedente.
  • Que tu contrato haya finalizado y no se haya renovado.
  • Que tu empleo haya sido suspendido, bien por un ERE, incapacidad del trabajador o fallecimiento del empresario.

Debes darte de alta como demandante de empleo. Si no sabes cómo en este post te explicamos como puedes solicitar tu cita en el INEM.

Debes haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años, antes de quedarte en paro, y no haber utilizado tus cotizaciones con anterioridad para solicitar otra prestación. Si el total de días cotizados es menor a los 360 días tendrías que solicitar el subsidio por desempleo.

Tienes que estar afiliado y dado de alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la prestación por desempleo, por ejemplo el régimen general.

No puedes estar jubilado ni tampoco realizar trabajos por cuenta propia, salvo en las excepciones dictadas por la ley.

Tampoco puedes solicitar la prestación por desempleo si ya eres beneficiario de otra ayuda considerada como incompatible con el trabajo.

¿Qué documentación tienes que presentar?

Si quieres realizar la solicitud para solicitar la prestación contribitiva debes aportar la siguiente documentación:

  • Es obligatorio estar inscrito como demandante de empleo y presentar la tarjeta del paro.
  • Impreso de solicitud para la Prestación Contributiva (pueses descargarlo aquí).
  • Documento Nacional de Identidad o NIE si eres extranjero con permiso de trabajo.
  • Un documento en el que indique el número de la cuenta bancaria donde quieres percibir la prestación. Debes ser el titular de dicha cuenta.
  • En algunos supuestos, deberás aportar el libro de familia.
  • Los certificados de las empresas en los que hasyas trabajado en los últimos seis meses.
  • En algunos supuestos más concretos, deberás aportar además otra documentación. Más info aquí.

¿Cuánto vas a cobrar?

Cobrarás un porcentaje de la base reguladora que se aplique a tu caso. Se calcula la media diaria de las bases de cotización que has tenido durante los últimos seis meses cotizados. Una vez que conoces la base reguladora, la prestación contributiva te paga un porcentaje de dicha base:

  • Durante los seis primeros meses el importe cobrarás el 70% de la base reguladora.
  • A partir del séptimo mes recibirás el 50% de la base.

El SEPE pone a tu disposición una calculadora online para la prestación. Introduciendo tus datos puedes hacer una simulación de lo que vas a cobrar.

Importe mínimo de la prestación contributiva
Sin hijos 501,98 €
Con hijos 671,40 €
Importe máximo de la prestación contributiva
Sin hijos 1.098,09 €
Un hijo 1.254,96 €
Dos hijos o más 1.411,83 €

¿Cuánto tiempo dura la prestación por desempleo?

Como mínimo cobrarás la prestación contributiva durante cuatro meses y como máximo durante dos años. Depende de tus cotizaciones acumuladas durante los últimos 6 años. Cuanto más tiempo tengas cotizado, cobrarás el paro durante más tiempo:

Días cotizados Días de prestación
Desde 360 hasta 539 días 120 días
Desde 540 hasta 719 días 180 días
Desde 720 hasta 899 días 240 días
Desde 900 hasta 1.079 días 300 días
Desde 1.080 hasta 1.259 días 360 días
Desde 1.260 hasta 1.619 días 420 días
Desde 1.440 hasta 1.619 días 480 días
Desde 1.620 hasta 1.799 días 540 días
Desde 1.800 hasta 1.979 días 600 días
Desde 1.980 hasta 2.159 días 660 días
Desde 2.160 días 720 días

¿Qué plazo tienes para pedir el paro?

15 días hábiles desde que haya finalizado tu contrato laboral.

Soy autónomo ¿Puedo pedir la prestación contributiva?

Si eres autónomo, tienes derecho a recibir el paro siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar afiliado y de alta en el Regímen Especiales de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Debes cotizar y tener cubierta la protección de Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Tienes que haber cotizado al menos 12 meses.
  • No estar jubilado.
  • Estar al día con los pagos a la Seguridad Social.
  • El cese de tu actividad debe ser por causa involuntaria y tienes que estar dispuesto a incorporarte al mercado laboral.

Pago único del paro

Puedes solicitar el pago único de la prestación por desempleo siempre que vayas a destinar el importe íntegro a emprender en tu propio negocio o a constituir una  sociedad mercantil. Para ello debes cumplir algunos requisitos:

  • Tener derecho a recibir una prestación por desempleo.
  • Disponer de al menos tres mensualidades por recibir.
  • No haber utilizado el pago único en los últimos cuatro años.
  • Tienes que usarlo para invertir en tu propio negocio y, por tanto, comenzar a ser trabajador autónomo.
  • No puedes haber iniciado la actividad por cuenta propia antes de solicitar el pago único.

El derecho de opción

Si eres beneficiario de la prestación contributiva y te reincorporas nuevamente al trabajo, siempre que la duración del mismo sea igual o superior a doce meses, se genera un nuevo derecho de prestación por desempleo.

En este caso, si no agotaste la anterior prestación podrás optar entre reanudarla o acogerte a la nueva, con las nuevas cotizaciones. Para ello dispones de un plazo de diez días hábiles desde que se te haya concedido la prestación. Debes solicitar el derecho de opción por escrito.

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