Se conserva, como texto independiente la Ley del Gobierno ya que al regular la cabeza del poder ejecutivo de la nación, de naturaleza y funciones políticas debe de mantenerse separada de la norma que regule las Administraciones Públicas, dirigida por aquel. Y por esto, la presente ley modifica aquella para extraer materias que por ser más propias de la organización y funcionamiento de los miembros del gobierno en cuanto que órganos administrativos, deben de regularse en el presente texto legal.
¿Qué voy a aprender?
El 26 de octubre de 2012 el Consejo de Ministros acordó la creación de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas, el informe previó la elaboración de dos leyes:
1. La reguladora del procedimiento administrativo con las normas que rigen la relación de los ciudadanos con las Administraciones (relaciones ad extra).
2. Y la comprensiva del régimen jurídico de las Administraciones Públicas con las disposiciones que disciplinan el sector público institucional (regulación ad intra del funcionamiento interno de cada Administración y de las relaciones entre ellas).
La presente ley responde al segundo de los ejes citados y comprende:
– La legislación básica sobre el régimen jurídico administrativo, aplicable a todas las Administraciones Públicas.
– El régimen jurídico específico de la Administración General del Estado.
– Y también, la regulación sistemática de las relaciones internas entre las Administraciones.
Objetivos
- Abordar de forma práctica los cambios, adaptaciones e implicaciones para la administración local de la Ley 40/2015 del Regimen Juridico del sector publico.
- Abordar los cambios de la nueva ley.
- Estudiar las adaptaciones para la administración local de la nueva ley.
- Definir el sector público institucional.
Este curso se imparte en modalidad online y tiene una duración de 60 horas lectivas.
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